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Cotutela


 

La cotutela es una modalidad de desarrollo de la tesis cumpliendo simultáneamente con los requisitos en dos instituciones: la UAM y una universidad extranjera. La tesis es única pero permite obtener un título de doctor por cada institución, para lo cual debe existir un convenio entre ambas instituciones que refleje el acuerdo mutuo y estipule las condiciones en las cuales se desarrollarán los trabajos (véase punto 8).

En la Universidad Autónoma de Madrid el estudiante que desarrolle una tesis en cotuleta debe cumplir, en todas las fases, los mismos requisitos que cualquier otro doctorando.

1.- ACCESO

Para proceder a la tramitación de la cotutela, el/la estudiante deberá cumplir los requisitos de acceso al doctorado que en España se recogen en el artículo 6 del Real Decreto 99/2011 y sus modificaciones según Real Decreto 195/2016.

2.- TRÁMITES

El estudiante deberá presentar una solicitud a la Escuela de Doctorado a través del formulario correspondiente que aparece en la web, que enviará a la dirección: doctorado.gestion@uam.es.

No se tramitará ninguna solicitud de estudiantes que no estén admitidos en un Programa de Doctorado de la UAM y que no venga avalada por el Coordinador de dicho Programa de Doctorado.

Para que se lleve a cabo la firma del convenio de cotutela es necesario asimismo que los estudiantes estén matriculados en un Programa de Doctorado de la UAM.

Los trámites deben iniciarse, despues de la admisión, en paralelo con el proceso de matrícula (o durante el primer año de los estudios de doctorado).

3.- CODIRECCIÓN

Las tesis en cotutela se realizan en codirección. Los directores (uno por cada institución) deberán ser, como norma general, profesores de las universidades firmantes. En el caso de que el director en la UAM sea de una institución colaboradora deberá adjuntarse al convenio de cotutela un acuerdo específico entre la UAM y dicha institución.

4.- DEFENSA

Según normativa de defensa de tesis vigente, los co-directores no podrán formar parte del tribunal de las tesis defendidas en la UAM.

El co-director de la UAM podrá formar parte del tribunal de una defensa en el extranjero cuando las normas de la universidad correspondiente lo permitan.

5.- ABONO DE LAS TASAS DE TUTELA

En general las tasas de tutela académica se abonan únicamente en una de las dos instituciones, salvo que el convenio exija el pago en ambas. Los doctorandos cuya universidad de origen sea la UAM abonarán dichas tasas en la UAM.

En todos los casos deberán abonarse las tasas administrativas y el seguro escolar, así como las correspondientes a la defensa y expedición del título en la UAM. Asimismo, si la admisión en un Programa de Doctorado de la UAM estuviera condicionada a la realización de complementos de formación previos, deberán abonarse en todos los casos las tasas correspondientes a estos estudios.

6.- DEPÓSITO Y DEFENSA

En cuanto a la aprobación de la lectura de tesis, deben respetarse las normas de ambas instituciones. En la UAM la tesis tendrá que ser autorizada por la Comisión de Equivalencia y Defensa de Tesis Doctorales de la Escuela de Doctorado y deberá cumplir con todos los trámites de depósito.

La composición del tribunal y el acto de defensa de la tesis se adecuarán a las normas de la institución en que se vaya a realizar la lectura. Si el acto de defensa tiene lugar en la UAM, una vez finalizado se enviará oficialmente una copia del acta de lectura a la universidad extranjera. Si la defensa tiene lugar en la universidad extranjera, en el convenio se hará constar la exigencia de copia del acta certificada por la Escuela de Doctorado o unidad gestora del doctorado de dicha entidad.

En los casos de tesis escritas en inglés, al menos el resumen y las conclusiones deben aparecer en español. El acto de defensa podrá ser íntegramente en inglés.

El criterio general es que los gastos de organización de la defensa de tesis en cotutela sean compartidos por las dos instituciones implicadas. En cualquier caso se aplicarán los límites económicos que marca la UAM para las ayudas a los tribunales de tesis (500€, o 700€ para tesis con Mención Internacional). La Escuela de Doctorado de la UAM dispone únicamente de ayudas para desplazamiento y dietas de los miembros del tribunal de tesis.

7.- EXPEDICIÓN DEL TÍTULO

La expedición del título seguirá  los mismos trámites generales aplicables a los títulos de Doctor. Si se cumplen los requisitos para ello, la tesis puede optar a la Mención Internacional.

El título español será expedido en los términos recogidos en la normativa española oficial.

8.- CONVENIO

Para la obtención del título en cotutela en cada una de las dos instituciones será necesaria la firma de un convenio entre ambas donde se establezcan los requisitos y condiciones en cada institución.

El doctorando es también parte firmarte del convenio y le corresponde la tramitación del mismo en ambas instituciones.

En el convenio deberán quedar reflejados, entre otros, los siguientes aspectos:

El período mínimo de estancia de investigación que deberá pasar el doctorando tanto en la UAM como en la Universidad extranjera es de 6 meses, distribuidos en un solo período o en varios. Las estancias y las actividades serán reflejadas en el convenio de cotutela. En el momento del depósito de la tesis es preceptivo presentar un certificado de la Universidad contraparte que acredite haber desarrollado la estancia.

El Programa de Doctorado en el que el doctorando está inscrito en cada institución. La institución en la que se abonarán las tasas de tutela académica. El lugar donde se realizará la defensa.

Existe, a disposición de los solicitantes, un modelo de convenio de cotutela tanto en español como en inglés.

Es recomendable presentar el modelo de convenio de la UAM, ya que facilita sustancialmente la gestión; sin embargo, se podrán aceptar otros modelos siempre que se respeten los criterios básicos de la UAM y cumplan con la normativa contenida en el Real Decreto 99/2011 y Real Decreto 195/2016.

El convenio se puede firmar en español o en inglés. En caso de que la universidad extranjera requiera que el título se redacte en un idioma distinto de estos, se firmará necesariamente en español y, opcionalmente, también en inglés. En este caso, corresponderá al doctorando la traducción al español.

Se firmarán tres ejemplares del convenio de cotutela, uno para cada universidad y uno para el doctorando. Ambos Directores aparecerán reflejados y firmarán el convenio.

El convenio se gestiona con la Escuela de Doctorado y requiere ser aprobado por la Comisión de Doctorado; lo firmará el Vicerrector correspondiente por delegación del Rector.

Se informará a la Comisión de Relaciones Internacionales de los convenios que se firmen a efectos del seguimiento de los convenios internacionales que mantiene la UAM.