INFORMACIÓN IMPORTANTE COMÚN A TODOS LOS PLANES DE ESTUDIO DE LICENCIATURAS, INGENIERÍAS Y DIPLOMATURAS



El plan de estudios se ordena por cursos y materias. Las materias son las siguientes:

- Troncales: Asignaturas que obligatoriamente debe realizar el estudiante. Éstas son fijadas por el Ministerio de Educación y Ciencia al crear el plan de estudios, son contenidos comunes que están incluidos en todos los planes de cualquier universidad.
- Obligatorias: Asignaturas que obligatoriamente debe realizar el estudiante, son establecidas libremente por la universidad dentro de cada plan de estudios, aunque no todos los planes de estudios las incluyen.
- Optativas: El estudiante debe completar el total de créditos que determine el plan mediante la superación de asignaturas optativas que libremente elija dentro de la oferta que anualmente realice el centro.
- Libre configuración: El estudiante debe completar el total de créditos que determine el plan de estudios. Estos créditos puede obtenerlos:

Los Centros podrán limitar el reconocimiento de libre configuración por asignaturas o actividades extracurriculares, cuyo contenido sea idéntico o muy similar al de materias propias de la titulación cursada por el estudiante.

Reconocimiento de créditos por cursos, seminarios y otras actividades extracurriculares:
De acuerdo con las normas aprobadas con fecha 17 de diciembre de 2004 y modificadas con fecha 2 de marzo de 2007 por el Consejo de Gobierno de esta Universidad, por el Consejo de Gobierno de esta Universidad, de fecha 17 de diciembre de 2004, los estudiantes podrán solicitar el reconocimiento de créditos de libre configuración por la realización de cursos, seminarios y otras actividades extracurriculares que hayan sido previamente aprobadas por la Comisión de Estudios.
El total de créditos que, por este concepto, se pueden reconocer, salvo que el plan de estudios indique lo contrario, no podrá ser superior al 60% del total de créditos asignados para la libre configuración, y con el límite máximo de dieciocho, de los cuales podrán corresponder: Los estudiantes deberán abonar el porcentaje que anualmente determine el Decreto de Precios Públicos por los créditos reconocidos. La calificación que se asignará será de Apto.