a) Haber nacido entre el 1 de enero de 1970 y el 31 de diciembre de 1985.
b) Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculten en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster. Asimismo podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
c) Encontrarse en situación laboral de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo a la fecha de 1 de septiembre de 2010.
d) Estar o haber estado percibiendo prestación o subsidio por desempleo con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo entre el 1 de enero y el 1 de septiembre de 2010, ambos inclusive.
e) Estar matriculado en el curso 2010-2011 en un curso completo de máster oficial. También serán candidatos a la ayuda quienes estén matriculados de un curso completo en un título propio de máster impartido por la universidad pública.
Sección de Becas y Ayudas (Pabellón de Servicios Universitarios Universitarios - Pabellón B-)
Información adicional(Orden EDU/2311/2010, de 3 de agosto. BOE de 1 de septiembre)
Una vez cumplimentado, deberán imprimir dicho modelo de solicitud en fichero .pdf y presentarlo con la firma del solicitante y demás miembros computables de la unidad familiar, así como adjuntar toda la documentación requerida, en la Sección de Becas de la Universidad.
N O T A :
Publicada en la Sección de Becas resolución y listados definitivos de becas concedidas curso 2010/11.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes (desde el día 24 de mayo) ante el Ministro de Educación, o mediante recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
El recurso de reposición se presentará en la Sección de Becas