Según el artículo 1 del Estatuto de Personal Investigador en Formación en la UAM, podrán ser reconocidas como PIF aquellas personas que hayan recibido una ayuda predoctoral de un programa inscrito en el Registro General de programas de ayudas a la investigación previsto en el RD 63/2006, de 27 de enero. Asimismo, también podrán ser reconocidas las personas que disfruten de ayudas predoctorales asimilables por su semejanza a las referidas anteriormente, así como aquellas que estén realizando un programa de postgrado en la UAM y se dediquen a la investigación en los términos establecidos por la Comisión de Investigación de la UAM y recogidos en el desarrollo del artículo 1b2 del Estatuto.
ESTATUTO DEL PERSONAL INVESTIGADOR EN FORMACIÓN
¿CÓMO INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DEL PIF?
Existen tres vías diferentes para inscribirse en el Registro del PIF en la UAM. Dependiendo de la situación de cada investigador/a se deberá solicitar la inscripción por una u otra.
Un requisito inicial para solicitar la inscripción es que la persona que dirige la Tesis sea profesor/a doctor/a de la UAM con dedicación a tiempo completo. Excepcionalmente, y únicamente para aquellas solicitudes por las vías 1a y 1b1, también podrán hacerlo aquellas cuyo trabajo sea dirigido por investigadores/as pertenecientes a los institutos mixtos (Centro de Biología Molecular Severo Ochoa, Instituto de Investigaciones Biomédicas Alberto Sols, Instituto de Física Teórica UAM/CSIC, Instituto de Ciencias Matemáticas y Centro de Investigación de la Alimentación) que figuren en las relaciones adjuntas a los respectivos convenios firmados entre ambas entidades. De este supuesto, quedan excluidas las solicitudes presentadas por la vía 1b2.
LAS SOLICITUDES DE RECONOCIMIENTO COMO PIF PUEDEN PRESENTARSE SEGÚN LOS SIGUIENTES PLAZOS:
a) Hasta el último día del mes de enero
b) Hasta el último día del mes de mayo
c) Hasta el último día del mes de octubre
LOS LISTADOS DE PIF RECONOCIDO SE ACTUALIZAN TRES VECES AL AÑO:
a) Durante el mes de marzo
b) Durante el mes de julio
c) Durante el mes de diciembre
VÍA ART. 1a
Por esta vía se podrán inscribir aquellas personas beneficiarias de una ayuda de un programa inscrito en el Registro General de programas de ayudas a la investigación previsto en el RD 63/2006, de 27 de enero (se recogen básicamente becas-contratos FPI, FPU, Ayuda Precoctoral MEC).
Para formalizar la inscripción únicamente se requiere la presentación de la ficha de inscripción modelo 1a en la Secretaría del Departamento..
No obstante, si la ayuda se recibiera a través de otra institución diferente de la UAM, además de dicha ficha, habrá de adjuntarse copia de la concesión (y renovación, si procede) de la beca o contrato, así como documento que acredite vínculo administrativo y académico con la Universidad (pago actualizado de la tutela académica o matrícula en algún programa de posgrado).
¿CÓMO INSCRIBIRSE?
Para tramitar la inscripción hay que cumplimentar la ficha de solicitud modelo 1a y, en caso de que proceda, adjuntar copia de la concesión y renovación actualizada de la ayuda, así como de la tutela académica actualizada o de la matrícula en algún programa de posgrado de la UAM. Esta documentación ha de entregarse en el Departamento al que pertenece el/la Director/a de Tesis.
VÍA ART. 1b1
Por esta vía se podrán inscribir quienes disfruten de ayudas predoctorales asimilables por su semejanza a las contempladas en el RD 63/2006 siempre y cuando cumplan las condiciones descritas en el desarrollo del artículo 1b1. Las ayudas aprobadas por la Comisión de Investigación son:
Las condiciones establecidas son las siguientes:
¿CÓMO INSCRIBIRSE?
Para tramitar la inscripción hay que cumplimentar la ficha de solicitud modelo 1b1 y adjuntar la siguiente documentación:
VÍA ART. 1b2
Por esta vía se podrán inscribir quienes estén en una fase avanzada de su investigación (es decir, que haya transcurrido al menos un año desde la aprobación de su proyecto de Tesis en el Departamento y cuenten con cierta trayectoria investigadora) y cumplan una de las siguientes condiciones:
¿CÓMO INSCRIBIRSE?
La solicitud de renovación anual deberá realizarse dentro del último mes del período reconocido y para su renovación se exigirá, además de que se sigan cumpliendo los requisitos de los apartados anteriores, que se haya realizado alguna aportación científica relevante durante el período inmediatamente anterior al de la renovación que se solicita.
La pertenencia al estamento de PIF será incompatible con la pertenencia a cualquier otro estamento de la UAM.
Contacto
Registro del PIF
Edificio de Rectorado, entreplanta 1ª.
C/ Einstein, 3 - Campus de Cantoblanco
Universidad Autónoma de Madrid
28049 Madrid
Teléfono: (+34) 91 497 58 91
Correo electrónico: registro.pif@uam.es
ENLACES DE INTERÉS
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