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Anticipación de Convocatoria

Anticipación de Convocatoria de Grado y Master

La finalidad de esta convocatoria es favorecer la consecución del título oficial de grado o Master a a los estudiantes que, habiendo superado todos los requisitos del titulo y que estén a falta de una asignatura de 2º semestre o anual para graduarse, puedan solicitar participar en una convocatoria de evaluación “anticipada” en el primer semestre.

Para más información consulta la Normativa de Convocatoria Antipada de la UAM

PARA ESTUDIOS DE GRADO

• Estudiantes de Grado: Tener pendiente, para la finalización de los estudios, una única asignatura de carácter anual o de segundo semestre (de formación básica, obligatoria, optativa o TFG). En el caso de las asignaturas de formación básica, obligatoria u optativa, se deberá haber estado matriculado previamente en una convocatoria anterior en dicha asignatura. En aquellos grados donde no se permita la defensa del TFG hasta tener aprobadas todas las asignaturas, se podrá autorizar la convocatoria anticipada de una asignatura como paso previo a la presentación y defensa del TFG, que deberá realizarse en la misma convocatoria.

• Estudiantes de Doble Grado: Tener pendiente la presentación y defensa de ambos TFG, o de un TFG y una asignatura de carácter anual o de segundo semestre. En este último caso, podrá tratarse de una asignatura de formación básica, obligatoria u optativa, en la que el o la estudiante deberá haber estado matriculada en una convocatoria anterior en dicha asignatura.

PARA ESTUDIOS DE MASTER

Estudiantes que hayan formalizado su matrícula condicionada de Máster Oficial: Tener pendiente para finalizar los estudios grado hasta un máximo de 9 ECTS y el TFG.

Estudiantes de Máster: Tener pendiente, para la finalización de los estudios, una única asignatura de carácter anual o del segundo semestre (obligatoria, optativa o TFM). En el caso de las asignaturas obligatorias u optativas será indispensable que haya existido una matrícula en una convocatoria anterior en dicha asignatura.

En los másteres interuniversitarios esta normativa sólo afectará a las asignaturas impartidas en la UAM.

  • Resoluciones de trámites administrativos

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