(1) RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS
Después de haber obtenido plaza y de haber realizado la matrícula, se podrá solicitar el reconocimiento de asignaturas superadas en otros Centros Universitarios españoles y oficiales.
Cuando exista analogía suficiente entre el programa cursado y el que se pretende convalidar se realizará el reconocimiento de asignaturas y créditos. En todo caso, se realizará la transferencia al expediente de los créditos y asignaturas cursadas previamente que no hayan sido reconocidas.
En el caso específico de titulados de FORMACIÓN PROFESIONAL, se utilizarán las tablas, el procedimiento e impreso publicados en la página correspondiente de la Universidad.
Según el Decreto de Tasas y Precios Públicos publicado por la Comunidad de Madrid, el estudio de las solicitudes de reconocimiento de asignaturas conlleva el pago de una tasa de 35€ para estudios españoles y 70€ en el caso de estudios extranjeros, además del 25% de cada crédito reconocido.
(2) RECONOCIMIENTO POR ACTIVIDAD PROFESIONAL
Si se ha realizado trabajo en alguna empresa con nivel y contenido equivalente a los estudios que se están cursando y que haya permitido alcanzar las competencias de Grado o de Máster que en el Plan de Estudios se contemplen, también se podrá solicitar reconocimiento por actividad profesional (la Memoria deberá contener la firma y el sello de la empresa en cada una de las hojas).
Es imprescindible enviar la Declaración responsable de veracidad de copias aportadas para toda la documentación que no sea original (Área de Descargas)
Es importante que, si se reunen los requisitos, no se matricule la asignatura de Prácticas en Empresa.
Según el Decreto de Tasas y Precios Públicos publicado por la Comunidad de Madrid, el estudio de las solicitudes de reconocimiento de asignaturas conlleva el pago de una tasa de 35€ para estudios españoles y 70€ en el caso de estudios extranjeros, además del 25% de cada crédito reconocido.
(3) RECONOCIMIENTO DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES
Se podrá solicitar el Reconocimiento de créditos por actividades extracurriculares (hasta 6 créditos). Será necesario que, en el año académico en el que se solicita el reconocimiento, no figure matriculada otra asignatura optativa que bloquee la incorporación de esos créditos.
Con fecha 4 de octubre de 2024 ha entrado en vigor la nueva Normativa de Reconocimiento de créditos por actividades extracurriculares. No obstante, como indica la disposición transitoria de esta normativa, durante el curso 24-25 también será de aplicación la normativa anterior en aquellos artículos y supuestos que fuera más beneficioso para el estudiantado.
Si para el último año de la carrera vas a dejar sin matricular 6 créditos optativos y ya tienes el certificado de alguno de los cursos/actividades autorizados para el reonocimiento de esos 6 créditos, podrás solicitarlo en el momento que aportes ese certificado, pero siempre antes del 31 de mayo. (los meses de junio, julio y agosto no se realizarán reconocimientos).
Según el Decreto de Tasas y Precios Públicos publicado por la Comunidad de Madrid, el estudio de las solicitudes de reconocimiento de asignaturas conlleva el pago de una tasa de 35€ para estudios españoles y 70€ en el caso de estudios extranjeros, además del 25% de cada crédito reconocido.
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