¿Qué estudiantes pueden solicitar este trámite?
1. Los estudiantes con estudios universitarios extranjeros que no incurran en causas de exclusión señaladas en el artículo 3 del R.D. 967/2014, podrán solicitar convalidación, cuando estos estudios extranjeros hayan terminado o no con la obtención de un título. Así, las causas que provocarán la exclusión en este procedimiento serían:
a. Los estudios que carezcan de validez académica oficial en el país de origen.
b. Los correspondientes a estudios extranjeros realizados, todos o en parte, en España, cuando los centros carezcan de la preceptiva autorización para impartir tales enseñanzas.
c. Los títulos que hayan sido ya homologados en España.
2. Cuando los estudios hayan concluido con la obtención de un título extranjero que dé acceso a una profesión regulada y el interesado no haya solicitado la homologación del mismo por un título universitario oficial español. Se adjuntará, en este caso, declaración jurada sobre este extremo.
3. Cuando habiéndose solicitado la homologación del título extranjero, ésta haya sido denegada, siempre que la denegación no se hayan fundado en las causas de exclusión.
Plazo de solicitud: Desde el 9 de julio hasta el 20 de julio de 2020.
Solicitud (se facilitará en la Secretaría de Alumnos de la Facultad).
Documentación a presentar:
Facultad de Formación del Profesorado y Educación · C/ Francisco Tomás y Valiente, 3 · Universidad Autónoma de Madrid · 28049 Madrid · España © 2016 Síguenos en