Las prácticas académicas en empresas o prácticas externas podrán ser curriculares y extracurriculares.
En relación con las obligaciones contempladas en disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8_2015, de 30 de octubre, añadida por Real Decreto-ley 2_2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, en el caso de las prácticas formativas remuneradas y no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la entidad colaboradora.
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales · C/ Francisco Tomás y Valiente, 5 · Universidad Autónoma de Madrid · 28049 Madrid · España