Para realizar prácticas externas curriculares debe:
La empresa debe realizar los trámites pertinentes para dar de alta a los estudiantes en el régimen de la Seguridad Social:
En relación con las obligaciones contempladas en disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8_2015, de 30 de octubre, añadida por Real Decreto-ley 2_2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, en el caso de las prácticas formativas remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la entidad que financie el programa de formación y en el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la entidad colaboradora. Desde el 1 de enero de 2024 los estudaitnes en prácticas (remuneradas y no remuneradas) empezarán a cotizar a la Seguridad Social).
Para poder realizar prácticas en empresa, es necesario disponer de un número de afiliación a la Seguridad Social y comunicarlo en el Sistema de Gestión Académica (SIGMA).
Por favor, siga el siguiente enlace para obtener más información:
TUTORIAL DE SOLICITUD Y COMUNICACIÓN DEL Nº DE LA SS
Información para Estudiantes Extracomunitarios.
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales · C/ Francisco Tomás y Valiente, 5 · Universidad Autónoma de Madrid · 28049 Madrid · España