
Bajas (temporal/definitiva)
Bajas temporales
La baja temporal se descontará del tiempo necesario para realizar la tesis.
En el caso de bajas por enfermedad, embarazo o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente, si el doctorando desea que se compute, deberá informar por correo electrónico en un plazo máximo de un mes desde que se produzca la baja, aportando la certificación correspondiente.
En el caso de otras causas justificadas, el doctorando podrá solicitar su baja temporal por un período máximo de un año, y mínimo de cuatro meses, ampliable hasta un año más. La solicitud debe ser dirigida y justificada documentalmente ante la Escuela de Doctorado que la enviará para su evaluación a la Comisión designada a tal efecto (ver modelo de solicitud y resolución).
Si la situación de baja temporal no permite registrar en sigma el informe anual, no será objeto de evaluación, y será necesario volver a matricular la misma tutela.
Importante. En el caso de que el doctorando sea beneficiario de una beca, es necesario que lo haga constar en la solicitud.
Baja definitiva
En el caso de que se quiera solicitar la baja definitiva en el programa de doctorado en el que se está matriculado deberá presentar la solicitud que encontrará en el área de descargas. La citada solicitud debe enviarse escaneada por correo electrónico a la Escuela de Doctorado: doctorado.gestion@uam.es
De acuerdo con el artículo 8.6 del Procedimiento para el Seguimiento de los Doctorandos en la Universidad Autónoma de Madrid, aprobado por el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado de 15 de septiembre de 2017, “los doctorandos que causen baja definitiva en un Programa de Doctorado no podrán ser admitidos en el mismo durante los tres años siguientes a la baja definitiva. Excepcionalmente la Comisión Académica del Programa de Doctorado podrá considerar casos justificados que impliquen una nueva tesis doctoral con otro(s) director(es) de tesis y un plan de investigación completamente nuevo.