La colaboración del mundo empresarial con la Universidad supone siempre un valor añadido para la sociedad, ya que proporciona a los estudiantes una experiencia profesional mínima, así como una plataforma más de inserción en el mercado laboral.
- Para poder acoger alumnos en prácticas, la Entidad deberá tener un Convenio Marco de Cooperación Educativa suscrito con la Universidad.
Procedimiento para la tramitación del convenio entre la empresa y la universidad
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Alta y cotización a la Seguridad Social de los estudiantes en prácticas externas en empresas
Conforme a la normativa actualmente vigente, la realización de las prácticas no implica relación laboral alguna entre empresa y estudiante, puesto que la relación entre ambos está amparada por la firma de un Convenio Marco entre la UAM y la empresa, en el cual se exime a ésta de toda obligación o responsabilidad de tipo contractual con los estudiantes.
No obstante, desde el 1 de enero de 2024 los estudiantes en prácticas (remuneradas y no remuneradas) empezaron a cotizar a la Seguridad Social Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo [396.51 KB] . Según el actual marco normativo, las Entidades que acojan a estudiantes universitarios para realizar prácticas formativas, están obligadas a dar de alta en la Seguridad Social a los estudiantes.
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Solicitud Convenio
Solicitud Anexo Prácticas
Cuestionario de evaluación Tutor Profesional
Propuesta de prácticas