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Servicio Salud Laboral

Botiquines de primeros auxilios

MF_Botiquines

Contenido de los botiquines.

El contenido de los botiquines será de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo VI del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, será el siguiente:

  • Desinfectantes y antisépticos autorizados.
  • Venda.
  • Gasas estériles.
  • Algodón hidrófilo.
  • Esparadrapo.
  • Apósitos adhesivos (tiritas).
  • Tijeras.
  • Pinzas.
  • Guantes desechables.

*El alcohol y agua oxigenada, considerados como unas sustancias irritantes, no son aconsejables como antiséptico.

Condiciones de instalación y mantenimiento de los botiquines.

Los botiquines de primeros auxilios están pensados para utilizarse en situaciones excepcionales, en las que será preciso tener en cuenta:

  • Deberá colocarse en lugar idóneo, de fácil acceso, próximo a los puestos de trabajo, debidamente señalizados y con temperatura y humedad poco elevadas.
  • El contenido de los botiquines será exclusivamente el material de primeros auxilios, no permitiendo el almacenamiento de otros objetos.
  • Deberá mantenerse ordenado con objeto de facilitar una rápida detección visual de los materiales y productos.
  • Los botiquines deben de estar cerrados, con fácil sistema de apertura y deben ser revisados al menos dos veces al año, para comprobar la caducidad del contenido, la presencia de los elementos básicos que debe contener, y el estado del material sanitario, de forma que esté en condiciones de uso.
  • Es necesario que cada botiquín tenga asignado un responsable, que efectúe las operaciones indicadas en el punto anterior.

Para solicitar un botiquín inicial o para reponer el contenido de este, debe cumplimentar el formulario anexo y enviarlo a: trescantos@asepeyo.es

ASEPEYO - Formulario Solicitud de botiquines o repuestos