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Ministerio de Educación

Becas de Colaboración 2023 / 2024

Becas de Colaboración 2023 / 2024

El objeto de esta convocatoria es promover la iniciación en tareas de investigación de los estudiantes que vayan a finalizar los estudios de Grado o que estén cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales.

R e q u i s i t o s :

Estudiantes de Grado:

Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de Grado que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:

  1. No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster oficial.
  2. Estar matriculado en el curso 2023-2024 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios de Grado y haber superado el 75 por ciento de la carga lectiva de su titulación
  3. Haber obtenido como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
  • 7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
  • 7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas
  • 7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud
  • 8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades
  1. En los supuestos de estudiantes que estén cursando los denominados dobles grados, solo serán tenidos en cuenta los créditos y calificaciones correspondientes a la titulación por la que opte a la beca de colaboración.

Estudiantes de Máster:

Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de primer curso de Másteres oficiales que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:

  1. No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor. No tener superados todos los créditos a excepción del trabajo fin de máster de un Máster diferente de aquél para el que se solicita la beca.
  2. Estar matriculado en el curso 2023-2024 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
  3. Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al Máster la nota media establecida en el apartado anterior (estudiantes de Grado), en función de la rama de conocimiento de procedencia.

Importante:

- Todos los solicitantes deberán presentar un proyecto de colaboración avalado y puntuado por el Consejo del Departamento en el que éste vaya a desarrollarse (el nombre del Departamento deberá figurar claro para evitar posibles equivocos). La colaboración se prestará de forma presencial a razón de tres horas diarias durante siete meses y medio a contar desde la fecha de incorporación al destino correspondiente como becario de colaboración.

- Los requisitos académicos mencionados en el art. 6.1 y 2 que no figuren en el expdiente del solicitante en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta a los efectos de su valoración para la concesión de la beca, por lo que corresponde a los solicitantes requerir, en su caso, a sus respectivas universidades la actualización de sus expedientes académicos.

Más información, en la página del Ministerio:

Web del Ministerio

Organismo
Ministerio de Educación
Destinatarios

Estudiantes de grado

Estudiantes de máster

Plazo de solicitud
Empezará el día 08 de junio y finalizará el 19 de septiembre de 2023, ambos inclusive
Estado
Plazo de solicitud cerrado

Normativa / Convocatoria

Extracto de la Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación. Publicado con fecha 01 de junio de 2023.

Extracto de la Resolución [148.28 KB]

Convocatoria becas colaboración. Publicada con fecha 01 de junio de 2023.

Convocatoria [329.79 KB]

Lugar de presentación

La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección en el apartado correspondiente a "Buscar trámites". Junto con la solicitud se acompañará, a través de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y en fichero formato "pdf", la plantilla facilitada por la aplicación informática con un esquema del proyecto de colaboración que se vaya a desarrollar y la evaluación del mismo por el departamento.

Quienes resulten beneficiarios de la ayuda deberán prestar su colaboración a razón de tres horas diarias durante siete meses y medio a contar desde la fecha de incorporación al departamento correspondiente como becario de colaboración, en los términos recogidos en el proyecto de colaboración en la universidad en la que estén matriculados en el curso 2023-2024

Información adicional

Con fecha 1 de junio de 2023 se publica la distribución aprobada por el Consejo Social en su sesión plenaria de 23 de mayo de 2023.

Criterios de distribución y asignación del número de Becas de Colaboración [257.39 KB]

Acuerdo de la Comisión Sección de becarios de la UAM, aprobación listados provisionales de candidatos y de propuestas de denegación.

LISTADOS PROVISIONALES

Acuerdo Comisión Selección de becarios de la UAM, listados provisionales de candidatos y propuestas de denegación [572.95 KB] . Publicación 9 de octubre de 2023.

Descripción códigos de denegación.

Descripción códigos denegación [74.80 KB]

Alegaciones. El plazo de alegación es de 10 dias, desde la fecha de publicación.

Impreso de alegación [352.22 KB]

R E S O L U C I Ó N   D E F I N I T I V A

En cumplimiento de la normativa sobre protección de datos personales, y una vez transcurrido el plazo para presentar los recursos correspondientes, se han retirado de esta página las resoluciones y los listados de alumnos beneficiarios y denegados de esta convocatoria, que se publicaron el pasado día 3 de noviembre de 2023.

Entre las obligaciones del becario, el Artículo 5. f) de la Resolución de Convocatoria, dispone que:

Presentar en la unidad de becas de la universidad y dentro del mes siguiente a la finalización de la colaboración, certificación acreditativa del departamento de haber prestado la colaboración en los términos previstos en el proyecto y en la presente convocatoria. La unidad de becas remitirá el referido certificado a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del Ministerio de Educación y Formación Profesional para dar por finalizado el procedimiento. Esta certificación surtirá los efectos de justificación de la subvención concedida previstos en la Ley 38/2003.”

Por lo tanto, el período de colaboración empezará a contar a partir de la fecha de publicación de la Resolución (3 de noviembre de 2023).