Esta convocatoria se dirige a quienes cursen las distintas enseñanzas postobligatorias del sistema educativo español, tanto de nivel no universitario como de nivel universitario y tiene como finalidad la compensación al alumnado que reúna determinados requisitos socioeconómicos y académicos por los gastos que conlleva el proceso educativo, mediante la concesión directa y pago de una beca.
Por otra parte, y dado que la concesión de las becas incluye la gratuidad de los costes de matriculación de los estudiantes universitarios y de enseñanzas artísticas superiores, esta convocatoria también regula la compensación a las universidades y centros de enseñanzas artísticas por los precios públicos dejados de percibir de los estudiantes becados.
- Organismo
- Ministerio de Educación
- Destinatarios
Estudiantes de grado
Estudiantes de máster
Estudiantes de nuevo ingreso
- Plazo de solicitud
- desde el día 7 de abril de 2026 a las 8,00 horas hasta el 18 de mayo de 2027 a las 15,00 horas
- Estado
- Plazo de solicitud abierto
Normativa / Convocatoria
Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2026-2027 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
Convocatoria 2026-2027 [858.48 KB]
Publicada el 25 de marzo de 2026
Lugar de presentación
Las solicitudes de beca deberán presentarse, en todo caso, en el plazo, aunque dicho plazo no coincida con el plazo de matrícula correspondiente.
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Una vez dentro, tienes que rellenar el formulario online
(No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos).
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa
Una vez cumplimentada la solicitud, si tiene que presentar documentación deberá presentarla a través de alguno de los siguientes canales:
- Presencialmente en el Registro de la UAM (situado en el edificio de Rectorado) así como en los Registros de las Facultades (en las Secretarías de Alumnos) de la Universidad Autónoma de Madrid.
- Electrónicamente en https://rec.redsara.es, para lo cual es necesario disponer de certificado digital y dirigir el escrito a la Universidad Autónoma de Madrid
- Por correo postal administrativo o certificado a la siguiente dirección:
Universidad Autónoma de Madrid
Registro General de la Universidad
Edificio del Rectorado (planta baja)
C/ Einstein N.º 3
28049 Madrid
- En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (registros conectados SIR).
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Sección becas y ayudas al estudio
Universidad Autónoma de Madrid • Campus de Cantoblanco
C/ Einstein, n° 5 - Plaza Mayor
28049, Madrid
seccion.becas@uam.es (facilitar nombre y apellidos, NIF/NIE, y estudios).
La documentación se presentará a través de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Horario de atención al público
de mañana: de lunes a viernes de 9,00 h a 14,00 h
de tarde: de lunes a jueves de 15,00 h 17,00 h
Quejas y sugerencias
A través de este procedimiento se podrá presentar una Queja o Sugerencia relativa al funcionamiento o servicios de la Universidad Autónoma de Madrid.