El objeto de esta convocatoria es promover la iniciación en tareas de investigación de los estudiantes que vayan a finalizar los estudios de Grado o que estén cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales.
Todos los solicitantes deberán presentar un proyecto de colaboración avalado y puntuado por el Consejo del Departamento en el que éste vaya a desarrollarse.
REQUISITOS
Estudiantes de grado
Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de Grado que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
- No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster oficial.
- Estar matriculado en el curso 2022-2023 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios de Grado y haber superado el 75 por ciento de la carga lectiva de su titulación
- Haber obtenido como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas
7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud
8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades
En los supuestos de estudiantes que estén cursando los denominados dobles grados, solo serán tenidos en cuenta los créditos y calificaciones correspondientes a la titulación por la que opte a la beca de colaboración.
Estudiantes de máster
Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de primer curso de Másteres oficiales que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
- No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor.
- Estar matriculado en el curso 2022-2023 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
- Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al Máster la nota media establecida en el apartado anterior (estudiantes de Grado), en función de la rama de conocimiento de procedencia.
Los requisitos anteriormente mencionados que no figuren en el expediente del solicitante en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta a los efectos de su valoración para la concesión de la beca, por lo que corresponde a los solicitantes requerir, en su caso, a sus respectivas universidades la actualización de sus expedientes académicos.
- Según el artículo 9 de la convocatoria. Si un mismo estudiante solicitara beca para más de un departamento y reuniera los requisitos para obtener más de una, se le asignará aquella que haya solicitado en último lugar. Una vez asignada dicha beca, se entenderán decaídas las demás solicitudes que hubiera presentado.
- Organismo
- Ministerio de Educación
- Destinatarios
Estudiantes de grado
Estudiantes de máster
- Plazo de solicitud
- del 16 de junio de 2022 al 20 de septiembre de 2022, inclusive
- Estado
- Resuelta
Normativa / Convocatoria
Publicado con fecha 15 de junio de 2022, en el Boletín Oficial del Estado el extracto de la convocatoria
Lugar de presentación
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la Sede Electrónica en el apartado correspondiente a "Buscar trámites". Junto con la solicitud se acompañará, a través de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y en fichero formato "pdf", la plantilla facilitada por la aplicación informática con un esquema del proyecto de colaboración que se vaya a desarrollar y la evaluación del mismo por el departamento.
Información adicional
Arpobación por el Consejo Social de la Universidad Autónoma de Madrid el 2 de junio de 2022, de los criterios de distribución y asignación del número de Becas de Colaboración por departamentos.
Criterios de distribución y asignación del número de Becas de Colaboración [327.50 KB] . Publicado 3 de junio de 2022
Nota aclaratoria a los criterios de distribución. Publicado 23 de junio de 2022.
Listados provisionales de candidatos y de solicitudes propuestas para denegación. Publicados 7 de octubre de 2022.
Listado provisional de candidatos [153.00 KB]
Listado provisional solicitudes propuestas para denegación [101.42 KB]
Podrá presentarse alegaciones en el plazo de diez días desde la publicación de los listados provisionales
Descripción códigos denegación [75.77 KB]
RESOLUCIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento de la normativa sobre protección de datos personales, y una vez transcurrido el plazo para presentar los recursos correspondientes, se han retirado de esta página los listados de beneficiarios de esta convocatoria, que se publicaron el 8 de noviembre de 2022.
Entre las obligaciones del becario, el artículo 5. f) de la Resolución de Convocatoria, dispone que:
"Presentar en la unidad de becas de la universidad y dentro del mes siguiente a la finalización de la colaboración, certificación acreditativa del departamento de haber prestado la colaboración en los términos previstos en el proyecto y en la presente convocatoria. La unidad de becas remitirá el referido certificado a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa del Ministerio de Educación y formación Profesional para dar por finalizado el procedimiento. Esta certificación surtirá los efectos de justificación de la subvención concedida previstos en la Ley 38/2003."
El periodo de colaboración empezará a contar a partir del 8 de noviembre, fecha de publicación de la Resolución de concesión en la página web del Ministerio.
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