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La UAM presenta un nuevo 'Protocolo para la docencia presencial en el curso 2021-22'

Actividad académica

La UAM presenta un nuevo 'Protocolo para la docencia presencial en el curso 2021-22'

De cara al inicio de la docencia 100% presencial en todas las facultades y centros, el Vicerrector de Planificación y Estrategia ha distribuido el siguiente protocolo con las normas generales de prevención a aplicar en espacios docentes (aulas y laboratorios docentes). En el resto de espacios del campus se aplicarán con carácter general las normas vigentes, con algunas adaptaciones.

18/09/2021
Imagen de una clase en la EPS con medidas Covid

Aula de la Escuela Politécnica Superior de la UAM.

(Protocolo pendiente de aprobación en el Consejo de Gobierno de 8 de octubre de 2021)

La Orden 1126/2021, de 9 de septiembre, de la Consejería de Sanidad por la que se modifica la Orden 572/2021, de 7 de mayo, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, flexibiliza el requisito de distancia interpersonal de 1,2 metros en espacios docentes, eliminando de facto las limitaciones de aforo y permitiendo, por lo tanto, la plena presencialidad.

En atención a dicha Orden y siguiendo las recomendaciones de la Comisión Médica de la UAM, a partir del próximo lunes 20 de septiembre se retoma la docencia presencial al 100% en todas las Facultades y Centros de la UAM, como prevé el Plan de Actuación aprobado en Consejo de Gobierno de 18 de junio de 2021.

Es importante señalar que la citada Orden de la Comunidad de Madrid se aplica única y exclusivamente a los espacios docentes (aulas y laboratorios docentes), mientras que en otros espacios de los campus seguirán, por lo general, rigiendo las normas y protocolos vigentes, con algunas adaptaciones que se detallan a continuación.

La decisión adoptada por la Comunidad de Madrid toma como referencia los altos índices de vacunación; esa circunstancia, unida al bajo número de contagios entre los miembros de la comunidad universitaria, inferior en todo momento a la media de la Comunidad de Madrid en su conjunto, nos permite contemplar un escenario de presencialidad plena en nuestras actividades docentes.

1. RECOMENDACIONES GENERALES

En general, se debe intentar mantener siempre que sea posible una distancia interpersonal de al menos 1,2 metros y se debe usar mascarilla higiénica en todos los espacios del centro universitario. No se recomienda el uso de guantes, excepto en las tareas de limpieza y en los laboratorios en los que el material sea de uso común.

2. DOCENCIA EN AULAS Y LABORATORIOS DOCENTES

De acuerdo con la orden 1127/2021, “La distancia interpersonal de 1,2 metros se aplicará con carácter general, adoptando, en caso de no ser posible, una organización del espacio que permita la mayor distancia interpersonal entre los alumnos, así como reforzando cuantas otras medidas organizativas y de prevención higiénico-sanitaria pueda adoptar el centro”.

Los centros velarán por asegurar la adecuada ventilación de los espacios docentes y establecerán un protocolo de evaluación de la calidad del aire en estos espacios para, si fuera necesario, reforzar su ventilación o replantear la asignación, especialmente en aquellos espacios en los que no sea posible mantener la distancia interpersonal de 1,2 metros.

Tanto el personal docente como el estudiantado velarán por que la disposición de estudiantes en el aula en cada sesión respete, en la medida de lo posible, la distancia interpersonal de 1,2 metros, evitando ocupar asientos contiguos si hay posibilidad de dejar asientos libres.

Los centros establecerán protocolos para la entrada/salida de las aulas con el fin de evitar aglomeraciones en los accesos y pasillos.

Las tutorías podrán realizarse de forma online o de forma presencial siempre que se respete una distancia interpersonal mínima de 1,2 metros. Caso de no poder garantizar esa distancia, se deberán realizar en formato online.

3. USO DEL RESTO DE ESPACIOS INTERIORES

Como norma general, sólo se podrá hacer uso común de los espacios interiores bien ventilados y siempre que el centro pueda verificar que la actividad que se realiza en ellos no implica riesgo de contagio. Prescindir del uso de mascarilla en espacios interiores es la principal fuente de contagio, por lo que se insiste en la necesidad de mantenerla.

Las recomendaciones generales para los espacios interiores, que podrán ser completadas con recomendaciones específicas de los centros, son:

  1. Las salas y zonas de estudio o de reunión, se señalizarán para ocupar hasta un 50% de su aforo.
  2. Los espacios sin distribución por puestos se señalizarán para garantizar una distancia interpersonal mínima de 1,2 metros.
  3. Las zonas de tránsito o acceso se señalizarán para evitar reuniones y aglomeraciones.

En todos estos espacios debe señalizarse la prohibición de consumir comida o bebida o cualquier otra actividad que implique quitarse la mascarilla.

Los offices para personal y comedores de estudiantes deberán quedar señalizados (puestos, acceso a frigoríficos y microondas) de modo que se garantice en todo momento una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros. Si la demanda de uso de estos espacios es superior a la oferta, se recomienda que el centro establezca un sistema de turnos (por ejemplo, de 20 minutos) para hacer su uso más eficiente.

Las cafeterías se rigen por las normas aplicables al sector de la hostelería. Sus encargados deberán velar por el cumplimiento de estas normas en el interior de los locales, así como en sus accesos, en este caso en coordinación con los correspondientes centros.

Las reuniones, incluidas las de órganos colegiados, se podrán celebrar presencialmente siempre que se respete una distancia interpersonal mínima de 1,2 metros o un 50% de aforo. En caso de no poder garantizar estas condiciones, se deberán realizar en formato online.

Cualquier duda, sugerencia o comentario sobre estas recomendaciones deberá remitirse al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales para su valoración.

4. USO DE ESPACIOS EXTERIORES

Queda habilitado el uso de todos los espacios exteriores. En estos espacios exteriores serán de aplicación las medidas de carácter general que se refieren al distanciamiento social y el uso obligatorio de mascarilla, con excepción de las terrazas de las cafeterías, que se regirán por las normas aplicables en el sector de la hostelería.

5. PERSONAS VULNERABLES A LA COVID-19

La condición de vulnerabilidad deberá ser renovada para el curso académico 2021-22, siguiendo para ello los protocolos de actuación para personal o estudiantes según corresponda.

    5.1. PDI / PAS

La actividad del personal vulnerable deberá adaptarse a las indicaciones del Servicio Médico, reorganizando, si los recursos lo permiten, la actividad de la unidad /servicio /departamento, siendo, en el caso del PDI, los departamentos correspondientes los encargados de reorganizar la docencia y/o los recursos necesarios, por ejemplo, asignando al personal vulnerable actividades académicas que no exijan presencialidad.

Como norma general, las medidas que adopte el departamento, en coordinación con el correspondiente centro, deberán preservar la plena presencialidad de los estudiantes.

   5.2. ESTUDIANTES

En el contexto actual de presencialidad plena, en el que la docencia online deja de considerarse un recurso sustitutivo de las clases presenciales sin menoscabo de que pueda usarse como un recurso complementario, la condición de vulnerabilidad será tratada como cualquier otra circunstancia personal que impida la asistencia a las actividades formativas. Cuando por razones académicas u organizativas no sea posible la adaptación curricular, será de aplicación la normativa vigente de matrícula y permanencia de la Universidad Autónoma de Madrid*.

*Aprobada por el Consejo de Gobierno, en de 11 de julio de 2019 y pleno del Consejo Social de 15 de julio de 2019 (BOUAM núm. 6, de 26 de julio de 2019) y modificada por el Consejo de Gobierno, en sesión de 12 de marzo de 2021 y el pleno del Consejo Social de 16 de marzo de 2021).

17 de septiembre de 2021