Estas ayudas van destinadas a los estudiantes de grado y máster oficial de los Centros Propios de la Universidad Autónoma de Madrid que se encuentran en una situación socioeconómica desfavorable, con el fin de ofrecerles apoyo económico para sufragar los gastos, adicionales a la matrícula, necesarios para el desarrollo de su proceso formativo en la universidad durante el curso académico 2024-2025.
Estas ayudas son un recurso adicional para aquellos estudiantes en situación socioeconómica desfavorable, complementarias a las ayudas para precios públicos de matrícula, que compensan a quienes no reciben una asignación vinculada a la renta a través de otras becas.
- Organismo
- Universidad Autónoma de Madrid
- Destinatarios
Estudiantes de grado
Estudiantes de máster
- Plazo de solicitud
- del 17 de marzo al 3 de abril de 2025 (ambos inclusive)
- Plazo de resolución
- a partir del día 30 de mayo de 2025
- Estado
- Resuelta
Normativa / Convocatoria
Convocatoria de Ayudas Adicionales con cargo al Fondo Social de estudiantes para la financiación de precios públicos de matrícula de estudios oficiales de Grado y Máster de la Universidad Autónoma de Madrid para el curso académico 2024-2025.
Convocatoria
(aprobada por Resolución del Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad de 27 de febrero de 2025).
Resolución de 28 de marzo de 2025 por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 3 de abril de 2025.
resolución ampliación plazo
Lugar de presentación
La solicitud se realiza completando el formulario accesible por vía telemática en la dirección URL (Gestión de Becas Propias), accesible durante el plazo:
Una vez cumplimentado el formulario, se deberá descargar el modelo de solicitud que se genera en formato PDF y presentarlo a través de alguno de los siguientes canales:
- Presencialmente en el Registro de la UAM (situado en el edificio de Rectorado) así como en los Registros de las Facultades (en las Secretarías de Alumnos) de la Universidad Autónoma de Madrid.
- Electrónicamente en https://rec.redsara.es, para lo cual es necesario disponer de certificado digital y dirigir el escrito a la Universidad Autónoma de Madrid
- Por correo postal administrativo o certificado a la siguiente dirección:
Universidad Autónoma de Madrid
Registro General de la Universidad
Edificio del Rectorado (planta baja)
C/ Einstein N.º 3
28049 Madrid
- En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (registros conectados SIR)
La realización de este trámite es imprescindible para que la solicitud se considere presentada, en otro caso, el solicitante quedará excluido del proceso de selección, aunque hubiese cumplimentado y validado el formulario.
La presentación de la solicitud de estas ayudas supone la aceptación de las bases de la convocatoria y la autorización a la Universidad para que verifique la información proporcionada por el solicitante.
De cara a la verificación del cumplimiento del requisito de renta, los estudiantes beneficiarios de la Beca del Ministerio de Educación dan su consentimiento, mediante su participación en la presente convocatoria de la UAM, para el uso de los datos de renta familiar que se utilizó en su momento desde el Ministerio para la tramitación de sus becas. En cualquier caso, es obligación del beneficiario facilitar cuanta información le sea requerida por la intervención General de la Comunidad de Madrid, Tribunal de cuentas u otros órganos competentes según queda regulado en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Cuantía
- Cada beneficiario recibirá la siguiente cuantía fija ligada a su situación socioeconómica, de conformidad con el Anexo I:
- Umbral 1 de renta familiar: 2.000 €
- Umbral 2 de renta familiar: 1.000 €
- Umbral 3 de renta familiar: 500 €
La beca podrá incluir, asimismo, una cuantía variable que resultará en caso de que exista remanente tras la adjudicación de las cuantías fijas. Esta cuantía variable no superará en ningún caso los 4.000 euros.
En el caso de que, debido al número de beneficiarios, no hubiera crédito suficiente para hacer frente a las cuantías fijas, se reducirán, en primer lugar, las cuantías del estudiantado con umbral 3 de renta familiar y, en segundo lugar, en caso necesario, las cuantías del estudiantado con umbral 2 de renta familiar.
Información adicional
RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE DENEGADAS
Publicada con fecha 25 de junio de 2025
Resolución Provisional [324.12 KB]
- Se abre un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, para presentar alegaciones a través del registro electrónico de la Universidad.
RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ADICIONALES CON CARGO AL FONDO SOCIAL DE LA UAM 2024-2025. GRADO Y MÁSTER. Fecha publicación 31 de julio de 2025
El estudiantado beneficiario de estas ayudas que tenga otras becas/ayudas concedidas, deberá presentar en la Sección de Becas de la UAM en los 5 días siguientes a la publicación de la Resolución, renuncia expresa a la beca/ayuda que no sea de su interés, con el sello de entrada de dicha renuncia en el Organismo convocante de la beca (salvo renuncia a la beca general, que se presentará en la Sección de Becas sin necesidad de registro de entrada en el Ministerio de Educación y Formación Profesional).
Según establece el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación de esta resolución surte efectos de notificación para los beneficiarios.
La resolución que recoja el acuerdo de la Comisión de Selección agota la vía administrativa. Contra ella se podrán interponerse los siguientes recursos:
• Con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la misma en la página Web de la Sección de Becas de la UAM. Este recurso se podrá presentar ante el Órgano que tramitó la solicitud de beca.
• Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución o, en su caso, de la notificación de la resolución del recurso de reposición.
Impreso Recurso Reposición
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Universidad Autónoma de Madrid • Campus de Cantoblanco
C/ Einstein, n° 5 - Plaza Mayor
28049, Madrid
seccion.becas@uam.es (facilitar nombre y apellidos, NIF/NIE, y estudios).
La documentación se presentará a través de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Horario de verano de atención al público hasta el 31 de agosto
de mañana: de lunes a viernes de 9,00 h a 14,00 h
Quejas y sugerencias
A través de este procedimiento se podrá presentar una Queja o Sugerencia relativa al funcionamiento o servicios de la Universidad Autónoma de Madrid.