Reclamación contra la no admisión
Plazo de presentación de la reclamación (a través de la Sede Electrónica):
- Convocatoria ordinaria: del 10 de julio de 2026 a las 9:00 horas hasta el 14 de julio de 2026 a las 23:59 horas.
- Convocatoria extraordinaria: del 3 de septiembre de 2026 a las 9:00 horas hasta el 4 de septiembre de 2026 a las 23:59 horas.
La reclamación deberá presentarse en el plazo correspondiente a la convocatoria en la que se ha realizado la preinscripción.
Tenga en cuenta que la interposición de la reclamación no funciona como Distrito Único, deberá presentarla en cada universidad del DUM en la que quiera recurrir su no admisión.
¡¡IMPORTANTE!! Sólo cabe RECLAMACIÓN en los siguientes CASOS TASADOS:
- Errores administrativos (errores materiales por parte de la administración).
- Actualización de nota, en base a nueva documentación.
- Cambio de vía de acceso (del grupo 1.1 o 1.2 al grupo 2, y viceversa).
- Acreditación de cupos especiales (Discapacitados / Deportistas de A.N. y A.R.).
- Solicitudes de admisión para grados del Centro Superior de La Salle (únicamente si no se solicitaron en preinscripción; si se solicitaron en preinscripción, se debe solicitar directamente la inclusión en listas de espera).
No se admitirán reclamaciones sobre solicitudes en las que no se hubiese aportado la documentación en el plazo establecido por el Distrito Único de Madrid, salvo en los casos normativamente establecidos y cuando la administración de expedición no lo hubiera tenido a tiempo y sea imputable a la misma. Recuerde que existían plazos para aportar la documentación especificada en el resguardo de solicitud de plazas y que NO cabe aportar la documentación en plazo de reclamación, salvo errores administrativos, retrasos imputables a la administración o los casos especificados.
Para presentar una Reclamación contra la no admisión, necesitará tener un usuario registrado y realizar el procedimiento a través de la sede electrónica, utilizando el siguiente enlace:
Listas de Espera
Recuerde que puede solicitar su INCLUSIÓN EN LAS LISTAS DE ESPERA de los grados en los que no haya obtenido admisión y que hubiera solicitado con mayor preferencia a aquel en el que haya conseguido admisión.
Las listas de espera NO requieren la presentación previa de reclamación contra la no admisión y tienen su propio procedimiento de solicitud. Son procedimientos independientes.
Consulte toda la información sobre la inclusión en listas de espera y sobre la posterior admisión desde lista de espera en el siguiente enlace: listas de espera .